CURSO Nº 6 LEY 475

Curso: Ley 475 – Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia


Introducción: La Salud como Derecho y el Primer Paso a la Universalización

¡Bienvenido/a a este curso sobre la Ley 475 de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia! Promulgada el 30 de diciembre de 2013, esta ley marcó un hito significativo en el acceso a la salud en Bolivia, al expandir la cobertura de servicios de salud gratuitos más allá de los seguros anteriores y establecer las bases para una futura universalización. Aunque posteriormente fue modificada y ampliada por la Ley 1152 para crear el SUS, la Ley 475 es el fundamento normativo que inició esta transformación.

Comprender la Ley 475 es esencial para conocer la evolución del sistema de salud boliviano. Define quiénes eran los beneficiarios iniciales, qué servicios cubría de forma integral y cómo se estructuraba su financiamiento, sentando las bases para el modelo de atención actual. Este curso te guiará a través de sus principios rectores, la población que beneficiaba, la cartera de servicios original y su financiamiento, así como la importancia de los niveles de atención. Prepárate para entender el primer gran paso hacia la universalización de la salud en Bolivia.


Módulo 1: Origen, Objeto y Principios de la Ley 475

Este módulo te sumergirá en el contexto de creación de la Ley 475, su objetivo principal de ampliar la cobertura gratuita de salud y los principios que la guiaban. Comprenderás la filosofía inicial de esta ley y su rol como precursora del actual Sistema Único de Salud.

La Ley 475 surge de la necesidad de consolidar y ampliar la cobertura de los seguros de salud públicos existentes en Bolivia, como el Seguro Universal Materno Infantil (SUMI) y el Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM), que, si bien fueron avances importantes, aún dejaban a una gran parte de la población sin cobertura. El propósito de la Ley 475 fue establecer y regular la atención integral y la protección financiera en salud para una población beneficiaria específica que no estaba cubierta por el Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo (es decir, las Cajas de Salud). Además, buscaba establecer las bases para la universalización de la atención integral en salud, sentando el precedente para lo que eventualmente sería el Sistema Único de Salud (SUS).

El ámbito de aplicación de la Ley 475, en su versión original, se dirigía específicamente a los grupos poblacionales más vulnerables y desprotegidos económicamente:

  • Mujeres embarazadas: Desde el inicio de la gestación hasta los seis meses posteriores al parto.
  • Niñas y Niños menores de 5 años de edad.
  • Mujeres en edad fértil: Respecto a atenciones de salud sexual y reproductiva.
  • Mujeres y hombres a partir de los 60 años.
  • Personas con discapacidad: Registradas en el Sistema Integrado de Información de Personas con Discapacidad (SIPED).

Los principios que regían la Ley 475 eran fundamentales para su enfoque social y de derechos. Muchos de estos principios fueron heredados y ampliados posteriormente por la Ley 1152. Incluían:

  • Integralidad: Atención que abarca promoción, prevención, atención y rehabilitación, con calidad y calidez.
  • Intraculturalidad e Interculturalidad: Reconociendo y articulando los conocimientos y prácticas de la medicina tradicional con la académica.
  • Calidad y Calidez en Salud: Garantizando un buen trato y capacidad resolutiva.
  • Oportunidad: Atención en el momento y circunstancias necesarias.
  • Universalidad y Gratuidad: Aunque inicialmente para grupos específicos, ya se establecía la base para su universalización progresiva y la gratuidad de los servicios para los beneficiarios.
  • Acceso Universal a Medicamentos y Tecnologías en Salud: Priorizando la disponibilidad de insumos esenciales.
  • Corresponsabilidad: Reconociendo la participación de la persona, familia, comunidad y el Estado.

Estos principios reflejan el compromiso del Estado boliviano con la salud como un derecho humano y no como una mercancía, buscando reducir el gasto de bolsillo de las familias y evitar el empobrecimiento por causas de salud.



Módulo 2: Cobertura de Servicios y Acceso a la Atención

Este módulo detallará la cartera de servicios que la Ley 475 ofrecía a sus beneficiarios, y cómo se estructuraba el acceso a estos servicios a través de los diferentes niveles de atención. Comprenderás la importancia del primer nivel como puerta de entrada y el sistema de referencia.

La Ley 475 establecía una cartera de servicios de salud integral y protección financiera para la población beneficiaria, lo que significaba que se cubrían prestaciones de salud que incluían:

  • Consultas médicas.
  • Procedimientos diagnósticos y terapéuticos.
  • Medicamentos esenciales.
  • Insumos y material médico.
  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Atención odontológica.
  • Atención en salud sexual y reproductiva (especialmente para mujeres en edad fértil y embarazadas).
  • Vacunaciones.
  • Atención del parto y postparto.
  • Controles de crecimiento y desarrollo para niñas y niños.
  • Rehabilitación.

Estos servicios se proveían en los establecimientos de salud del Subsector Público, es decir, en los hospitales, centros de salud y puestos de salud de la red pública. El acceso a la atención se organizaba bajo un modelo de niveles de atención, priorizando el enfoque de la Salud Familiar Comunitaria Intercultural (SAFCI):

  • Primer Nivel de Atención: Constituido por los puestos y centros de salud, era la puerta de entrada obligatoria al sistema. Aquí se brindaba la atención primaria, promoción, prevención y resolución de la mayoría de los problemas de salud.
  • Segundo Nivel de Atención: Incluía hospitales básicos y materno-infantiles. Se accedía a ellos mediante referencia desde el primer nivel, para atenciones especializadas que no podían ser resueltas en el nivel primario.
  • Tercer Nivel de Atención: Compuesto por hospitales especializados de mayor complejidad. El acceso era también por referencia desde el segundo o, en casos excepcionales, desde el primer nivel.

Se enfatizaba el sistema de referencia y contrarreferencia para asegurar la continuidad de la atención y el uso eficiente de los recursos. Solo se permitía el acceso directo a niveles superiores en casos de urgencias y emergencias vitales, donde la atención era inmediata en cualquier nivel, y posteriormente se regularizaba la referencia. Esta estructura buscaba optimizar el uso de los servicios, fortaleciendo el primer nivel como el pilar de la atención en salud.


Módulo 3: Financiamiento y Responsabilidades en la Ley 475

Este módulo final abordará cómo se financiaba la Ley 475, las responsabilidades específicas de los diferentes niveles de gobierno en su implementación, y su relación con la posterior Ley 1152 que daría lugar al Sistema Único de Salud (SUS).

El financiamiento de la Ley 475 era crucial para garantizar la gratuidad de las prestaciones. Los recursos provenían de diversas fuentes:

  • Tesoro General de la Nación (TGN): Cubría los recursos humanos del subsector público de salud y el funcionamiento de los Programas Nacionales de Salud. También financiaba una parte de las prestaciones del tercer nivel de atención.
  • Cuentas Municipales de Salud (COMSALUD): Los Gobiernos Autónomos Municipales (GAMs), como la Alcaldía de Oruro, destinaban un porcentaje de sus recursos de la Coparticipación Tributaria Municipal (15.5%) o el equivalente de los recursos del IDH municipal para financiar las prestaciones del primer y segundo nivel de atención.
  • Fondo Compensatorio Nacional de Salud: Este fondo se creaba para compensar los déficits en las Cuentas Municipales de Salud, asegurando que ningún municipio se quedara sin recursos para las prestaciones.

Las responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno estaban claramente definidas:

  • Ministerio de Salud y Deportes: Era el ente rector, responsable de la formulación de políticas, la regulación, la supervisión y el financiamiento de los recursos humanos y programas nacionales, y de las prestaciones de tercer nivel.
  • Gobiernos Autónomos Departamentales (GADS): Eran responsables de la gestión de los hospitales de segundo nivel y de apoyar al primer nivel en sus jurisdicciones.
  • Gobiernos Autónomos Municipales (GAMs): Eran los principales responsables del primer nivel de atención, incluyendo la infraestructura, equipamiento, insumos, medicamentos y el pago de prestaciones otorgadas a su población, incluyendo aquellas referencias a otros municipios.

La Ley 475 sentó las bases para la universalización y fue un paso intermedio crucial. Sin embargo, en 2019, la Ley 1152 (Ley "Hacia el Sistema Único de Salud Universal y Gratuito") modificó y amplió la Ley 475. La principal diferencia es que la Ley 1152 amplió la cobertura del servicio gratuito a toda la población que no cuenta con un seguro de corto plazo, sin la restricción de pertenecer a los grupos vulnerables específicos que cubría la Ley 475. En esencia, la Ley 1152 utilizó la estructura y los principios de la Ley 475, pero universalizó el alcance de los beneficiarios y, en algunos casos, amplió la cartera de servicios, consolidando así el SUS. La Ley 475, por lo tanto, no desapareció, sino que fue la norma base que se ajustó y extendió para dar paso al SUS.


Preguntas de Selección Múltiple

A continuación, encontrarás 5 preguntas para evaluar tu comprensión de los módulos sobre la Ley 475. ¡Selecciona la respuesta correcta!

 

1.       ¿Cuál era el objetivo principal de la Ley 475 en su promulgación inicial?

a) Establecer un seguro de salud universal y gratuito para toda la población sin excepción.

b) Unificar todas las Cajas de Salud de la seguridad social.

c) Establecer la atención integral y protección financiera en salud para poblaciones beneficiarias específicas y sentar bases para la universalización.

d) Privatizar los servicios de salud en Bolivia.

 

2.       Según la Ley 475 original, ¿cuál de los siguientes grupos no era un beneficiario directo de sus prestaciones gratuitas?

a) Niñas y niños menores de 5 años.

b) Mujeres embarazadas.

c) Personas con discapacidad registradas.

d) Hombres entre 18 y 59 años sin seguro de corto plazo.

 

3.       ¿Qué nivel de atención era la "puerta de entrada obligatoria" al sistema de salud establecido por la Ley 475?

a) Segundo Nivel de Atención.

b) Tercer Nivel de Atención.

c) Primer Nivel de Atención.

d) Nivel de Emergencias.

 

4.       ¿Cuál era una de las principales fuentes de financiamiento de la Ley 475 a nivel municipal?

a) Aportes de las empresas privadas.

b) La Coparticipación Tributaria Municipal (recursos de las COMSALUD).

c) Donaciones internacionales exclusivas.

d) Pago directo de los usuarios en los centros de salud.

 

5.       ¿Cuál es la principal diferencia entre la Ley 475 (original) y la Ley 1152 (que crea el SUS)?

a) La Ley 475 cubría todos los niveles de atención, mientras que la 1152 solo el primero.

b) La Ley 1152 universalizó la cobertura de salud a toda la población sin seguro de corto plazo, a diferencia de la Ley 475 que cubría grupos específicos.

c) La Ley 475 introdujo la interculturalidad, mientras que la 1152 la eliminó.

d) La Ley 1152 privatizó la gestión de los hospitales públicos.

 

Respuestas a las Preguntas de Selección Múltiple

c) Establecer la atención integral y protección financiera en salud para poblaciones beneficiarias específicas y sentar bases para la universalización.

d) Hombres entre 18 y 59 años sin seguro de corto plazo.

c) Primer Nivel de Atención.

b) La Coparticipación Tributaria Municipal (recursos de las COMSALUD).

b) La Ley 1152 universalizó la cobertura de salud a toda la población sin seguro de corto plazo, a diferencia de la Ley 475 que cubría grupos específicos.


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