DS 23318-A CURSO Nº 1
Curso: Responsabilidad por la Función Pública (Decreto Supremo 23318-A)
Introducción
¡Bienvenido/a al curso sobre el Decreto Supremo 23318-A, un pilar fundamental en la administración pública boliviana! Este decreto establece el régimen de responsabilidad por la función pública, un conjunto de normas que buscan garantizar la correcta, transparente y eficiente gestión de los recursos del Estado por parte de los servidores públicos.
En Bolivia, especialmente en Oruro, la lucha contra la corrupción y la promoción de la buena gobernanza son objetivos primordiales. Este decreto, enmarcado dentro de la Ley 1178 (Ley SAFCO), es una herramienta clave para lograrlo. Su implementación busca asegurar que los servidores públicos actúen con probidad, eficiencia y apego a la ley, precautelando los intereses del Estado y la ciudadanía. Al finalizar este curso, comprenderás los distintos tipos de responsabilidad, los procedimientos asociados y la importancia de actuar con ética y probidad en tu rol como servidor público. Prepárate para adquirir conocimientos esenciales que te permitirán ejercer tus funciones con mayor seguridad y profesionalismo.
Módulo 1: Fundamentos y Tipos de Responsabilidad
Este módulo te sumergirá en el corazón del Decreto Supremo 23318-A, explorando su origen, propósito y los principios que rigen la responsabilidad en la función pública. Comprenderás la distinción entre los cuatro tipos fundamentales de responsabilidad: administrativa, ejecutiva, civil y penal, y cómo cada una se aplica según la naturaleza de la infracción o el daño causado al Estado.
El Decreto Supremo 23318-A no surge de la nada; es una reglamentación crucial de la Ley 1178, la Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley SAFCO). Esta ley busca modernizar la gestión pública, estableciendo sistemas que promuevan la eficacia, la eficiencia y la transparencia. Dentro de este marco, el decreto 23318-A se enfoca específicamente en cómo los servidores públicos deben responder por sus acciones u omisiones. Su objetivo principal es asegurar que cada centavo y cada recurso del Estado sean administrados con la máxima diligencia y que cualquier desvío o uso indebido tenga consecuencias claras. Es una herramienta poderosa para prevenir y sancionar la corrupción, y para fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones públicas.
La responsabilidad en la función pública se asienta sobre varios principios inquebrantables. El principio de legalidad es la piedra angular: solo se puede ser responsable por acciones u omisiones que estén expresamente tipificadas como faltas o delitos en una norma preexistente. No hay responsabilidad sin ley que la sustente. La imprescriptibilidad es otro principio vital, especialmente para la responsabilidad penal, lo que significa que ciertos delitos contra el Estado no caducan con el tiempo. La individualidad de la responsabilidad es fundamental: cada servidor público responde personalmente por sus actos, sin que su responsabilidad pueda ser transferida o diluida. Finalmente, el debido proceso garantiza que todo servidor público tenga derecho a una defensa justa, a ser oído y a presentar pruebas antes de que se determine cualquier tipo de responsabilidad.
Al hablar de los tipos de responsabilidad, es crucial diferenciarlos. La responsabilidad administrativa se refiere a las infracciones del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que rigen el sector público. Esto incluye desde el incumplimiento de deberes formales hasta la inobservancia de procedimientos internos. Las sanciones aquí suelen ser disciplinarias, como llamadas de atención, suspensiones temporales o incluso la destitución. La responsabilidad ejecutiva recae en los máximos ejecutivos de las entidades públicas y se configura por una gestión deficiente, negligente o ineficaz que no logra los objetivos institucionales. No se trata de un simple error, sino de una falla sistémica en la dirección o administración. La responsabilidad civil surge cuando la acción u omisión de un servidor público causa un daño económico al Estado, un daño evaluable en dinero. En este caso, el servidor debe resarcir el perjuicio. Finalmente, la responsabilidad penal es la más grave y se activa cuando la conducta del servidor público constituye un delito tipificado en el Código Penal, como peculado, cohecho, concusión, o uso indebido de influencias, entre otros. Es importante destacar que estas responsabilidades pueden ser concurrentes; es decir, un mismo hecho puede generar varios tipos de responsabilidad simultáneamente.
Módulo 2: Procedimientos y Determinación de Responsabilidades
Este módulo profundiza en cómo se identifica, investiga y determina cada tipo de responsabilidad, detallando los roles de las entidades encargadas y los procesos específicos que se siguen. Comprenderás los mecanismos legales y administrativos que garantizan un proceso justo y la aplicación adecuada de las sanciones.
La determinación de la responsabilidad administrativa usualmente comienza con un informe de auditoría, sea de la Contraloría General del Estado (CGE) o de las unidades de auditoría interna de cada entidad. Si se identifican indicios de responsabilidad, se inicia un Sumario Administrativo. Este es un proceso interno formal, dirigido por una autoridad sumariante, donde se investigan los hechos, se recaban pruebas y se le da al servidor público la oportunidad de presentar su defensa, aportar pruebas y contrainterrogar a los testigos. El sumario culmina con un informe que propone la existencia o inexistencia de responsabilidad, y de ser el caso, la sanción aplicable, que puede ir desde una llamada de atención escrita, pasando por la suspensión temporal del cargo, hasta la destitución. Es un proceso diseñado para ser ágil, pero garantizando siempre el derecho a la defensa.
La responsabilidad ejecutiva es evaluada principalmente por la Contraloría General del Estado a través de auditorías de desempeño y cumplimiento de objetivos. Se analiza la gestión de los máximos ejecutivos para determinar si han cumplido con sus deberes de dirección, planificación y control, y si han logrado los resultados esperados. Si se detecta una gestión deficiente o negligente que afecta los intereses del Estado, la CGE emite un informe que puede recomendar el inicio de un proceso de enjuiciamiento de ejecutivos. Este proceso busca establecer las causas de la deficiencia y las responsabilidades individuales, pudiendo derivar en sanciones administrativas e incluso, si se detectan delitos, en la remisión de antecedentes al Ministerio Público.
La responsabilidad civil se enfoca en el resarcimiento económico del daño causado al Estado. Una vez que un informe de auditoría (generalmente de la CGE) identifica un daño económico cuantificable, se inicia un proceso coactivo fiscal. Este es un procedimiento especial, sumario y ejecutivo, que busca recuperar los fondos o bienes del Estado perdidos o malversados. El informe de auditoría tiene valor probatorio preconstituido, lo que agiliza el proceso. El servidor público señalado como responsable tiene la oportunidad de desvirtuar las observaciones y, de no hacerlo, se procede a la ejecución forzosa de los bienes para cubrir el daño. La Contraloría juega un rol fundamental en la determinación de indicios de responsabilidad civil y en la promoción de las acciones legales pertinentes.
Finalmente, la responsabilidad penal se activa cuando los hechos investigados constituyen un delito. Si una auditoría o cualquier otra instancia detecta indicios de un delito relacionado con la función pública, se deben remitir los antecedentes al Ministerio Público. Este órgano es el encargado de la investigación penal, la recolección de pruebas y, si corresponde, la formulación de acusación ante el Órgano Judicial. La justicia penal se rige por el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, y las sanciones incluyen penas privativas de libertad, multas e inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Es crucial entender que la responsabilidad penal es independiente de las otras responsabilidades; un servidor público puede ser procesado administrativa y penalmente por un mismo hecho, sin que una excluya a la otra. La colaboración entre las distintas instituciones es vital para la persecución efectiva de los delitos.
Módulo 3: Implicaciones, Prevención y Ética en la Función Pública
Este módulo final aborda las serias consecuencias de incurrir en responsabilidad, así como los mecanismos fundamentales para prevenir estas situaciones. Se enfatiza el rol de la ética y la transparencia como pilares de una buena gestión pública, brindándote herramientas para actuar con integridad y proteger tanto al Estado como tu carrera profesional.
Las implicaciones de incurrir en responsabilidad por la función pública son significativas y pueden tener un impacto profundo en la vida y la carrera de un servidor público. Una responsabilidad administrativa puede significar desde una anotación en el legajo personal hasta la suspensión sin goce de haberes o, en los casos más graves, la destitución definitiva del cargo. La responsabilidad ejecutiva puede llevar a la remoción del alto cargo y a la inhabilitación para ejercer funciones directivas. La responsabilidad civil implica la obligación de resarcir económicamente el daño causado al Estado, lo que puede llevar a la ejecución de bienes y la afectación patrimonial del servidor público. Y, por supuesto, la responsabilidad penal conlleva las consecuencias más severas, incluyendo penas de privación de libertad, multas cuantiosas y la inhabilitación permanente para el ejercicio de la función pública. Estas sanciones no solo afectan al individuo, sino que también envían un mensaje claro sobre la intolerancia a la corrupción y la mala gestión en el servicio público.
Sin embargo, el objetivo no es solo sancionar, sino también prevenir. Existen varios mecanismos de prevención y control que son esenciales. El conocimiento profundo de la normativa, como este Decreto Supremo 23318-A y la Ley SAFCO, es la primera línea de defensa. La capacitación continua del personal, los sistemas de control interno robustos en cada entidad y las auditorías periódicas por parte de la Contraloría y las unidades internas son fundamentales para identificar y corregir desviaciones a tiempo. Los códigos de ética y conducta que rigen en las instituciones públicas proporcionan un marco moral para la toma de decisiones. Además, la cultura de la denuncia, donde se fomenta la notificación de irregularidades y se protege a los denunciantes, es vital para destapar actos de corrupción y mala gestión antes de que escalen.
Finalmente, el eje central de este curso es la ética y la transparencia en la función pública. Más allá de cumplir con la ley, el servidor público tiene una responsabilidad moral y social con la ciudadanía. Actuar con integridad, honestidad, imparcialidad y dedicación no solo previene responsabilidades, sino que construye la confianza de la población en sus instituciones. La rendición de cuentas no debe ser solo una obligación legal, sino un compromiso constante con la ciudadanía sobre el uso de los recursos públicos. Al fomentar una cultura de transparencia y valores sólidos, se fortalece la democracia y se garantiza que la función pública sirva verdaderamente al bienestar de todos los bolivianos. Conocer y aplicar este decreto no es solo una obligación, es una forma de contribuir a una Bolivia más justa y eficiente.
Preguntas de Selección Múltiple
A continuación, encontrarás 5 preguntas para evaluar tu comprensión de los módulos. ¡Selecciona la respuesta correcta!
1. ¿Cuál de los siguientes principios de la responsabilidad por la función pública establece que solo se puede ser responsable por acciones u omisiones tipificadas previamente en una norma?
a) Imprescriptibilidad.
b) Individualidad.
c) Legalidad.
d) Debido Proceso.
2. Si un servidor público es detectado realizando un cobro indebido por un trámite que debería ser gratuito, causando un perjuicio monetario a un ciudadano, ¿qué tipo de responsabilidad podría atribuírsele principalmente además de la penal si corresponde?
a) Responsabilidad Ejecutiva.
b) Responsabilidad Administrativa y Civil.
c) Solo Responsabilidad Administrativa.
d) Solo Responsabilidad Civil.
3. ¿Qué entidad es la principal encargada de iniciar y promover los procesos penales por delitos relacionados con la función pública, una vez recibidos los indicios?
a) La Contraloría General del Estado.
b) El Tribunal Supremo de Justicia.
c) El Ministerio Público.
d) La Unidad de Auditoría Interna de la entidad.
4. Una de las siguientes sanciones NO corresponde a la responsabilidad administrativa según el Decreto Supremo 23318-A:
a) Destitución del cargo.
b) Suspensión temporal sin goce de haberes.
c) Llamada de atención escrita.
d) Pena privativa de libertad.
5. ¿Cuál de los siguientes es un pilar fundamental para la prevención de responsabilidades y la promoción de una buena gestión pública?
a) La minimización de auditorías internas.
b) El desconocimiento de la normativa por parte de los servidores públicos.
c) La ética y la transparencia en el ejercicio de la función pública.
d) La centralización total de las decisiones sin rendición de cuentas.
Respuestas a las Preguntas de Selección Múltiple
c) Legalidad.
b) Responsabilidad Administrativa y Civil. (Administrativa por incumplimiento de deberes y Civil por el daño económico al ciudadano/Estado si el dinero entra a las arcas públicas por ejemplo).
c) El Ministerio Público.
d) Pena privativa de libertad.
c) La ética y la transparencia en el ejercicio de la función pública.
A continuación, encontrarás 5 preguntas para evaluar tu comprensión de los módulos. ¡Selecciona la respuesta correcta!
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