CURSO Nº 1 LEY 1178

Curso: Ley 1178 – Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley SAFCO)


Introducción: El Pilar de la Gestión Pública Boliviana

¡Bienvenido/a al curso que te sumergirá en el corazón de la administración pública boliviana: la Ley 1178, la Ley de Administración y Control Gubernamentales, más conocida como Ley SAFCO! Esta ley, promulgada en 1990, es el marco legal fundamental que organiza los sistemas de administración y control del Estado boliviano, con el objetivo primordial de transformar la gestión pública, combatir la corrupción y promover la eficiencia y transparencia en el uso de los recursos del pueblo.

Desde la Alcaldía de Oruro hasta los ministerios en La Paz, cada institución pública opera bajo los principios y sistemas establecidos por esta ley. Comprender la Ley SAFCO no es solo una obligación para los servidores públicos; es una herramienta estratégica que te permitirá entender cómo se toman las decisiones, cómo se asignan los recursos y cómo se garantiza la rendición de cuentas en el Estado. Este curso te guiará a través de sus fundamentos, sus sistemas clave y el régimen de responsabilidad que deriva de ella, brindándote una visión integral y profunda de cómo se administra Bolivia. Prepárate para dominar la esencia de la buena gobernanza.


Módulo 1: Origen, Ámbito y Principios de la Ley SAFCO

Este módulo te introducirá a los antecedentes de la Ley 1178, su propósito transformador y el vasto alcance de su aplicación. Se enfatizarán los principios éticos y de gestión que sustentan toda la Ley SAFCO, pilares para una administración pública transparente y eficiente.

La Ley 1178, SAFCO, surge en un contexto histórico de búsqueda de modernización y eficiencia en la gestión del Estado boliviano. Antes de su promulgación, la administración pública carecía de una estructura sistémica y coherente, lo que a menudo resultaba en ineficiencias, duplicidad de funciones y, lamentablemente, actos de corrupción. La SAFCO llegó para cambiar este panorama, estableciendo un modelo de gestión por resultados y un sistema de control gubernamental que busca prevenir y sancionar las irregularidades. Su objetivo principal es fortalecer la capacidad de gestión del Estado, garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, y proteger los recursos públicos.

El ámbito de aplicación de la Ley SAFCO es extremadamente amplio. Cubre a todas las entidades del sector público, sin excepción:

  • El Órgano Ejecutivo (Ministerios, Viceministerios).
  • El Órgano Legislativo (Cámara de Senadores y Diputados).
  • El Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
  • El Órgano Electoral Plurinacional.
  • La Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público.
  • Las universidades públicas.
  • Las entidades territoriales autónomas (gobiernos departamentales, municipales, como el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, y autonomías indígenas).
  • Las empresas públicas, bancos, instituciones financieras y toda persona jurídica donde el Estado tenga participación patrimonial. En resumen, cualquier institución que maneje recursos públicos está sujeta a la Ley SAFCO.

Los principios de la Ley SAFCO son el cimiento de la buena gobernanza y deben guiar la actuación de cada servidor público. Entre los más destacados se encuentran:

  • Legalidad: Toda acción debe estar basada en una norma preexistente.
  • Transparencia: Las actuaciones deben ser públicas y accesibles, fomentando la rendición de cuentas.
  • Eficacia: Lograr los objetivos y resultados programados.
  • Eficiencia: Obtener los resultados con el mínimo de recursos y tiempo.
  • Economía: Optimizar el uso de los recursos, buscando la mejor relación costo-beneficio.
  • Probidad: Actuar con integridad, honestidad y rectitud.
  • Responsabilidad: Cada servidor público debe responder por sus acciones u omisiones. Estos principios son interdependientes y buscan asegurar que el servicio público sea sinónimo de profesionalismo, integridad y compromiso con el bienestar colectivo.

Módulo 2: Los Sistemas SAFCO – Herramientas de Gestión Pública

Este módulo desglosará los diferentes sistemas que conforman el Sistema SAFCO, explicando cómo cada uno contribuye a la planificación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública. Comprenderás la interconexión de estos sistemas y su papel en el funcionamiento diario del Estado.

La Ley 1178 no solo establece principios, sino que crea un conjunto de sistemas interrelacionados diseñados para operar de manera coordinada. Estos sistemas se clasifican en:

Sistemas para Programar y Organizar:

  • Sistema de Programación de Operaciones: Se encarga de definir los objetivos y resultados a alcanzar por cada entidad, traducidos en el Programa Operativo Anual (POA). Es la base de la planificación y la ejecución.
  • Sistema de Organización Administrativa: Regula la estructura organizacional de las entidades, la distribución de funciones y la elaboración de manuales.
  • Sistema de Presupuesto: Establece las normas para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto público, asignando los recursos necesarios para lograr los objetivos.

Sistemas para Ejecutar las Operaciones:

  • Sistema de Administración de Personal (NB-SAP): Como vimos en el DS 26115, rige la gestión de los recursos humanos, desde la dotación hasta el desarrollo y retiro del personal.
  • Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS): Reglamentado por el DS 0181, establece las normas para la adquisición, manejo y disposición de bienes y servicios del Estado.
  • Sistema de Tesorería y Crédito Público: Administra los flujos de efectivo del Estado y la gestión de la deuda pública.
  • Sistema de Contabilidad Integrada: Registra todas las operaciones financieras, presupuestarias y patrimoniales, brindando información confiable para la toma de decisiones y el control.

Sistemas para el Control y la Evaluación:

  • Sistema de Control Gubernamental: Es el eje central de la Ley SAFCO en cuanto a supervisión. Incluye el control interno previo y posterior (ejercido por la propia entidad) y el control externo posterior (ejercido por la Contraloría General del Estado y otras entidades). Este sistema busca asegurar que los resultados se logren de manera eficiente y que se cumpla la normativa.
  • Sistema de Programación de Operaciones (evaluación): Si bien es un sistema de programación, también tiene un componente fuerte de evaluación, ya que los resultados del POA son monitoreados y evaluados para determinar el cumplimiento de los objetivos.

La interconexión de estos sistemas es clave. Por ejemplo, el POA (Programación de Operaciones) alimenta el Presupuesto; la ejecución presupuestaria implica la Administración de Personal y de Bienes y Servicios; y el Control Gubernamental verifica el cumplimiento de todos los sistemas. Esta integración busca una gestión pública coherente y coordinada, donde cada sistema apoya los objetivos generales del Estado.


Módulo 3: Régimen de Responsabilidad por la Función Pública y sus Implicaciones

Este módulo es uno de los más importantes de la Ley SAFCO, ya que establece las consecuencias legales por el incumplimiento de deberes y la mala gestión. Profundizaremos en los tipos de responsabilidad que derivan directamente de la Ley 1178 y cómo se aplican en la práctica, enfatizando la importancia de la rendición de cuentas.

La Ley SAFCO no es solo una norma de organización; es también una ley de responsabilidad. Su artículo 28 establece el régimen de Responsabilidad por la Función Pública, que busca garantizar que los servidores públicos, por el solo hecho de ejercer sus funciones, respondan por sus actos u omisiones que causen daño al Estado o contravengan el ordenamiento jurídico administrativo. Este régimen es el pilar para la lucha contra la impunidad y la corrupción.

La Ley 1178 clasifica la responsabilidad en cuatro tipos, cada uno con sus propias características, procedimientos y sanciones:

  • Responsabilidad Administrativa: Se genera por la acción u omisión que contravenga el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria. Esto incluye el incumplimiento de deberes o prohibiciones específicas establecidas en la normativa interna (reglamentos, manuales) y en la Ley SAFCO y sus reglamentos (como el DS 23318-A). Se determina mediante un Sumario Administrativo y las sanciones pueden ir desde una amonestación hasta la destitución.
  • Responsabilidad Ejecutiva: Recae en la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) o en quienes desempeñan funciones ejecutivas, por una gestión deficiente, negligente o ineficaz que no logra los objetivos institucionales o que incumple los principios SAFCO. La Contraloría General del Estado es la principal entidad que evalúa este tipo de responsabilidad, que puede derivar en la suspensión o destitución del cargo e inhabilitación temporal.
  • Responsabilidad Civil: Se configura cuando la acción u omisión de un servidor público causa un daño económico al Estado, cuantificable en dinero. El objetivo es resarcir ese daño. Se determina generalmente a través de informes de auditoría con indicios de responsabilidad civil y se persigue mediante el proceso coactivo fiscal. El servidor público debe reponer los fondos o bienes malversados o perdidos.
  • Responsabilidad Penal: Surge cuando la acción u omisión del servidor público constituye un delito tipificado en el Código Penal (ej. peculado, cohecho, concusión, uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas). Se determina a través de un proceso judicial en el Órgano Judicial, previa investigación del Ministerio Público. Las sanciones son las penas establecidas en el Código Penal, incluyendo la privación de libertad y la inhabilitación para el ejercicio de la función pública.

Es fundamental comprender que estas responsabilidades son independientes pero concurrentes. Un mismo hecho puede generar varios tipos de responsabilidad simultáneamente. Por ejemplo, un acto de corrupción en una contratación puede generar responsabilidad administrativa (por incumplir normas de contratación), civil (por el daño económico causado al Estado) y penal (por el delito de corrupción). La Ley SAFCO, al establecer este régimen, busca la rendición de cuentas integral y la protección del patrimonio del Estado, fomentando una cultura de probidad y eficiencia en todos los niveles de la administración pública.


Preguntas de Selección Múltiple

A continuación, encontrarás 5 preguntas para evaluar tu comprensión de los módulos sobre la Ley 1178. ¡Selecciona la respuesta correcta!

1.       ¿Cuál de los siguientes sistemas, según la Ley SAFCO, se encarga de la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los ingresos y gastos del Estado?

a) Sistema de Administración de Personal.

b) Sistema de Contabilidad Integrada.

c) Sistema de Presupuesto.

d) Sistema de Tesorería y Crédito Público.

 

2.       Según la Ley 1178, ¿cuál de los siguientes principios busca lograr los objetivos y resultados deseados con el uso óptimo de recursos, en el menor tiempo y al menor costo posible?

a) Eficacia.

b) Economía.

c) Transparencia.

d) Eficiencia.

 

3.       La Contraloría General del Estado ejerce principalmente, según la Ley SAFCO, el control:

a) Interno previo.

b) Interno posterior.

c) Externo posterior.

d) Concurrente.

 

4.       Si la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de una institución demuestra una gestión deficiente que no logra los objetivos institucionales, ¿qué tipo de responsabilidad podría atribuírsele principalmente según la Ley 1178?

a) Responsabilidad Administrativa.

b) Responsabilidad Ejecutiva.

c) Responsabilidad Civil.

d) Responsabilidad Penal.

 

5.       ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre las responsabilidades según la Ley 1178 es correcta?

a) Un mismo hecho solo puede generar un tipo de responsabilidad.

b) La responsabilidad civil se determina siempre en un proceso penal.

c) Las responsabilidades son independientes y concurrentes.

d) La responsabilidad administrativa siempre implica privación de libertad.

 

Respuestas a las Preguntas de Selección Múltiple

c) Sistema de Presupuesto.

d) Eficiencia.

c) Externo posterior.

b) Responsabilidad Ejecutiva.

c) Las responsabilidades son independientes y concurrentes.


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